miércoles, 26 de enero de 2022

BONO DE ALQUILER JOVEN

 

Bono de Alquiler Joven

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

 

 

Podrás solicitarlo cuando tu comunidad autónoma inicie el procedimiento y publique la correspondiente convocatoria.

 

Plazo de presentación de solicitudes: Pendiente de inicio de procedimiento y convocatoria por parte de la Comunidad Autónoma.

 

Información:

En el BOE del 19 de enero se ha publicado el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

En este RD podrás consultar los requisitos establecidos, las condiciones que debe reunir tu vivienda/habitación, límites de la renta arrendaticia o precio de cesión, cuantía de la ayuda o plazo de concesión, entre otras cuestiones.

 

Algunos aspectos a tener en cuenta:

Esta ayuda está destinada a jóvenes entre 18 y 35 años, inclusive.

Tienes que ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso.

Disponer de una fuente regular de ingresos.

La renta o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. En el caso de alquiler de habitación esta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales.

La cuantía de la ayuda se establece en 250 € mensuales por un plazo de dos años.

 

Más información: BOE 19 de enero