La Consejería de Derechos Sociales y
Bienestar convoca subvenciones correspondientes al Bono Joven. Su objeto es
facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de
cesión de uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos.
Beneficiarios/as:
-Personas físicas de
edad igual o inferior a 35 años.
-Con nacionalidad
española o de alguno de los estados miembros de la UE o del Espacio Económico
Europeo, Suiza o, en el caso de ciudadanos no comunitarios con residencia
regular en España.
– Que sean titulares
o estén en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento o cesión de
uso de vivienda o de habitación.
-Que dispongan, al
menos, de una fuente regular de ingresos que les reporte unas rentas anuales
con los límites indicados en el apartado 1.d) del apartado tercero de la
convocatoria.
Cuantía de las
ayudas:
Se
concederá una ayuda de 250 euros
mensuales, con el límite del importe mensual de la renta arrendaticia o del
precio de cesión.
Plazo de concesión
de la ayuda:
La
ayuda se concederá a las personas beneficiarias por el plazo de dos años.
Renta arrendaticia o
precio de cesión:
Deberá
ser igual o inferior a 600 euros mensuales. Para el caso de alquiler de
habitación, esta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros
mensuales.
Efectos económicos:
Podrán
reconocerse con efectos del 1 de enero de 2022, aunque la fecha de
reconocimiento fuese posterior.
Otros datos:
En
la sede electrónica del Principado de Asturias está publicada la Ficha de servicio de
la convocatoria, código AYUD0405T01, en la que se encontrará información resumida, la resolución de
la convocatoria completa y el formulario normalizado de solicitud, así como el
acceso para iniciar electrónicamente la solicitud.
Plazo de
presentación de solicitudes: Será abierto, continuo y permanente desde el día 6 de julio de
2022, hasta el 30
de diciembre de 2023.
Extracto de la
Convocatoria en el BOPA del 5 de julio
de 2022.

