miércoles, 24 de julio de 2024

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD Y LA ADOPCIÓN 2024


Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes estará abierto todo el año. Se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria y hasta dos meses después del nacimiento o adopción a excepción de los nacidos o adoptados entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de publicación de esta convocatoria cuyo plazo será de dos meses después de la fecha de publicación y para los nacidos o adoptados en el mes de diciembre de 2024 el plazo finalizará el 31 de enero de 2025 

Convoca: Consejería de Presidencia. 

Beneficiarios: Las familias que tengan su domicilio en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias, que tengan menores a su cargo por nacimiento en el ejercicio 2024 o cuya adopción haya tenido lugar en el año 2024, siempre que la suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores no sean superiores a 45.000 €.  

Importe:  El importe de la ayuda es de 1.200 euros por nacimiento o adopción del primer hijo, 1.700 euros por nacimiento o adopción del segundo y/o sucesivos hijos, y 2.200 euros nacimiento o adopción de hijos/as en familias con domicilio en concejos en riesgo de despoblación con independencia del orden del nacido.  

El otorgamiento o denegación de subvenciones deberá adoptarse en el plazo máximo de 6 meses contados a partir de la fecha de solicitud. La resolución de concesión de la subvención será notificada a las personas interesadas mediante su publicación en el BOPA. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria 

Presentación de solicitudes: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la ficha de servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0408T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.  

BOPA de 12 de Julio.

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